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Régimen de autónomos 2022

En la Ley de Presupuestos Generales del Estado, Título VIII, Cotizaciones Sociales, se indican las nuevas bases mínimas y máximas para 2022.

Algunas de ellas son:

  • Base máxima General:  4.139,40
  • Base máxima RETA:  4.139,40
  • Base máxima RETA mayores de 47 años  :  2.113,20
  • Base mínima RETA: 960,60
  • Base mínima RETA mayores de 48 altas nuevas:  1035,90
  • Base mínima RETA societarios y autónomos con 10 ó más trabajadores:  1234,80

Cuotas mensuales

Al margen de las cuotas por tarifa plana de los nuevos autónomos o los que no han estado de alta en los últimos dos años, las del resto de autónomos incluidos en el SETA son:

  • De una base de 960,60 euros a 1152,60 se paga el 18,75% y a partir de ahí el 26,50%
  • La cuota por la IT, supone un 3,30% de la base salvo que se tengan las cobertura de accidentes de trabajo o cese de actividad que entonces será un 2,80%
  • El pago de la cobertura por accidentes de trabajo va en función de la actividad. El cese voluntario es el 2,2%
  • Si no se tiene accidentes de trabajo o protección por cese se paga un 1,1% por IMS y riesgo por embarazo o lactancia.

Cuotas, con base mínima y cobertura por IT, AT y protección por cese 253,12 euros mensuales. Sin accidentes de trabajo, 222,38 euros

RETA – Todas las coberturas obligatorias. Un 30,60%. De la base mínima la cuota es 293,94 euros.

Es importante cada vez que se dé de alta un autónomo hacer también el alta en Hacienda, con el F65