Desde UAGN informamos que es obligatorio rellenar la Declaración Responsable en los casos que detalla la normativa
10/09/2020
La nueva modificación de la Ley de la Cadena Alimentaria, en la encrucijada
11/09/2020
Desde UAGN informamos que es obligatorio rellenar la Declaración Responsable en los casos que detalla la normativa
10/09/2020
La nueva modificación de la Ley de la Cadena Alimentaria, en la encrucijada
11/09/2020

Permitida la quema de rastrojeras desde el 15 de septiembre según la zonificación

En relación a las quemas de rastrojos, dado que los problemas fitosanitarios durante esta campaña han sido importantes en todas las zonas cerealistas de Navarra, por las resoluciones 562/2020 de 16 de junio, y 592/2020 de 30 de junio, ambas del Director General de Agricultura y Ganadería se declaró la existencia de afecciones fitosanitarias generalizadas en las Comarcas Agrarias II, III, IV, V, VI y VII. Esto implica que en aquellos casos en los que se quiera utilizar la técnica de la quema de rastrojos como media complementaria en la lucha contra las plagas y enfermedades en el cereal, no es necesario la realización de informes técnicos individuales que justifiquen las quemas por razones fitosanitarias. No obstante, lo anterior, hay que tener en cuenta que la realización de esta práctica está sujeta a lo establecido en la Orden Foral 222/2016, de 16 de junio, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se regula el uso del fuego en suelo no urbanizable para la prevención de incendios forestales.

            Ni qué decir tiene que las quemas entrañan unos riesgos que quienes las lleven a cabo deben tener muy presentes. Para poder clarificar la forma en la que se debe actuar tanto en el momento de la quema como los trámites previos que se deben llevar a cabo, se remiten los siguientes documentos informativos elaborados por la Dirección General de Medio Ambiente en los que se detalla la forma de proceder en el caso de que se quiera llevar a cabo la quema de rastrojeras. Así mismo, por cuestiones preventivas y organizativas de los parques de bomberos, es importante disponer de información previa de las parcelas que en cada una de las fechas y zonas se vayan a realizar las quemas, por esto se adjunta un formulario que deberá ser cumplimentado y remitido a la dirección que se indica en el oficio, y al buzon: spsv@navarra.es con la antelación precisa.

Puedes descargarte el folleto en el siguiente enlace

Pincha aquí para conocer las localidades por zonas quemas y para conocer  las fechas pincha aquí

Pincha aquí para descargarte la normativa