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Manifestación histórica en Ainsa en defensa de nuestros pueblos y la ganadería extensiva
23/08/2019![](https://uagn.es/wp-content/uploads/2019/08/01.jpg)
Las organizaciones agrarias UAGN y EHNE rechazan que el Gobierno de Navarra participe en una jornada sobre el oso
29/08/2019![](https://uagn.es/wp-content/uploads/2019/08/02.jpg)
Manifestación histórica en Ainsa en defensa de nuestros pueblos y la ganadería extensiva
23/08/2019![](https://uagn.es/wp-content/uploads/2019/08/01.jpg)
Las organizaciones agrarias UAGN y EHNE rechazan que el Gobierno de Navarra participe en una jornada sobre el oso
29/08/2019El convenio agropecuario de Navarra, regula en el artículo 15, las licencias y permisos retribuidos que concederá el empresario a aquellos trabajadores que lo soliciten y justifiquen, sin pérdida por ello de la retribución correspondiente.
- Por fallecimiento de hijos o cónyuge, 5 días. Por enfermedad grave u hospitalización de pariente en primer grado y hermanos, 3 días laborales.
- Por fallecimiento de abuelos, nietos y hermanos políticos, 2 días naturales.
- Por nacimiento de hijo, 3 días naturales (2 seguidos del nacimiento y el otro dentro de los 10 días al nacimiento)
- Por matrimonio, 15 días
- Por matrimonio de padres o hijos y bautizo de éstos, 2 días naturales
- Por traslado de domicilio, 2 días naturales o 3 si es fuera de la comunidad foral
- En empresas de más de seis trabajadores, asistencia a cursos de formación organizados por las organizaciones firmantes de este convenio siempre que no coincida con los periodos de más trabajo (plantación, recolección, pariciones, etc), 5 días naturales
- Lactancia de un hijo menor de 9 meses, un hora de ausencia del trabajo
- Por el cuidado de hijos menores de 12 años o personas con discapacidad, o para el cuidado de familiares hasta un 2º grado de consanguinidad o afinidad, se podrá reducir la jornada son disminución del salario, entre un octavo y un medio de la misma
- Por cirugía ambulatoria en parientes de 1º grado, 2 días
- Por asistencia a ejercicios prenatales y preparación al parto, el tiempo que sea necesario.
- Para víctimas de violencia de género, el tiempo necesario para su asistencia por profesionales
- Otros permisos reconocidos al trabajador, de forma individual o colectiva
La asistencia a consultorios médicos (art 16), durante la jornada de trabajo serán retribuidos siempre que no puedan hacerse fuera del horario de trabajo. Además los trabajadores dispondrán de 12 horas para acompañamiento a consulta de padres, hijos o cónyuge. El trabajador deberá justificar estas ausencias al trabajo debidamente.