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Uso seguro de los quads en agricultura

Uso de quad en la actividad agraria
El quad se ha venido utilizando como elemento de transporte en entornos de ocio, sin embargo, la presencia de estos equipos de trabajo en las empresas agrarias y ganaderas es cada vez más frecuente, utilizándose como sustitutivo del tractor debido a su facilidad para acceder a determinados lugares por su pequeño tamaño, a la posibilidad de realizar tareas de arrastre de cargas, al acople de pequeños implementos o aperos, etc. y por su aparente facilidad de conducción.

Riesgos del uso de quads en la actividad agraria
En los quads el accidente más común y más grave es el vuelco, debido al atrapamiento/aplastamiento o a la expulsión del conductor. La causa más común de estos accidentes es la pérdida de control del equipo debido a que el centro de gravedad se encuentra a más altura, por lo que son más inestables. Además, es un vehículo con una aparente fácil conducción por lo que en ocasiones es utilizado por trabajadores sin formación y experiencia en el manejo seguro del mismo. El uso de elementos de protección como el casco integral, gafas y protectores corporales no está extendido, al no estar requerido por normativa de tráfico durante su uso fuera de vías de circulación.

¿Qué hace que el quad sea un vehículo con riesgo para los trabajadores?
Existen 3 tipos de quads, también conocidos como AVT (“all terrain vehicles”): ligeros, no ligeros y vehículos especiales (considerados como maquinaria agrícola).

Cualquier equipo de trabajo móvil que pueda producir un riesgo de inclinación o vuelco, debe disponer de alguna de las siguientes medidas establecidas en el Real Decreto 1215/1997, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
• Una estructura de protección que impida que el equipo de trabajo se incline más de un cuarto de vuelta.
• Una estructura que garantice un espacio suficiente alrededor del trabajador o trabajadores transportados cuando el equipo pueda inclinarse más de un cuarto de vuelta.
• Cualquier otro dispositivo de alcance equivalente.

Los quads pueden homologarse como vehículo cuatriciclo, conforme al reglamento (UE) 168/2013 o como vehículo agrícola (masa inferior a 400 KG) conforme al reglamento (UE) 167/2013, pero en ningún de estos reglamentos se les exige que estén equipados con ROPS ni con cinturón de seguridad.

Y por lo tanto, NO PUEDE UTILIZARSE EN EL ENTORNO LABORAL POR TRABAJADORES HASTA NO DISPONER de alguno de estos elementos que impidan el atrapamiento en caso de vuelco.

Los trabajadores menores de edad no podrán conducir un quad en el entorno laboral ni cuando éste disponga de los dispositivos de seguridad. Para un uso seguro por parte de los trabajadores
• Seleccionar el tipo de quad en función de las tareas a realizar, de las características del terreno y de los elementos a acoplar.
• Realizar mantenimiento conforme las indicaciones del manual del fabricante.
• Formar al conductor para una conducción segura del mismo, incluyendo riesgos y medidas preventivas en la utilización de equipos acoplados y realización de distintas tareas (formación teórica y práctica).
• Tener en cuenta características y estado del terreno.
• Realizar una conducción segura con una velocidad adecuada al estado del terreno, tarea, etc.
• No trasportar pasajeros.
• EPIs en función de evaluación de riesgos y recomendaciones de fabricante. Casco integral homologado con visera. Obligaciones de la empresa
• Limitar uso por trabajadores hasta no incorporar en los mismos sistemas de protección indicados en 1215/97.
• Proporcionar capacitación, formación preventiva y que el uso de estos equipos lo realicen operarios con experiencia.
• Realizar mantenimientos y comprobar uso conforme indicaciones de manual de instrucciones.

Puedes descargarte el folleto con toda la información aquí.