El FEGA establece de medidas excepcionales como consecuencia de la pandemia covid-19 en la gestión, seguimiento y control de la PAC, para hacer frente en lo relativo a la gestión y pago de la PAC a la situación extraordinaria derivada de la covid-19
12/06/2020
El lunes 15 acaba el plazo para solicitar las ayudas de la PAC
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Real Decreto 557/2020, de 9 de junio, por el que se adoptan medidas extraordinarias en el sector del vino para hacer frente a la crisis causada por la pandemia de covid-19

Se ha publicado el  Real Decreto 557/2020, de 9 de junio, por el que se adoptan medidas extraordinarias en el sector del vino para hacer frente a la crisis causada por la pandemia de COVID-19, y por el que se fija una norma de comercialización en el sector del vino y se modifica la regulación sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola y el programa de apoyo al sector del vino.


Ayudas para la destilación de vino:

Prevista para un volumen de 2 millones de hectolitros (hl) è de los que 0,5 Mhl será para vinos DOP y 1,5 Mhl para el resto.
Beneficiarios: serán los destiladores autrorizados de productos vitivinícolas que transformen vino en alcohol.
Importe: 0,40 €/litro para vino destilado DOP y 0,30 €/hl para resto de vinos
La ayuda prevé que se cubran los costes de destilación y suministro . El destilador deberá abonar al suministrador el importe de la aydua una vez descontados los costes de destilación
Plazo: hasta el 23 de junio.

Ayudas para el almacenamiento privado: Para un volumen de 2 millones de Hl de vino con DOP y de 250.000 Hl de vino IGP.
Los beneficiarios serán empresas de vitivinícolas que produzcan vino DOP e IGP.
La ayuda será de 0,027 €/h y día de vino almacenado.
La duración de este almacenamiento será de 180, 270 o 360 días para tintos y de 180 día spara el resto de vinos.
Plazo: hasta el 23 de junio.
Obligatorio celebrar contrato de almacenamiento con el organismo pagador.

Cosecha en verde: Se prevé una dotación de 10 millones de euros
La cosecha en verde deberá realizarse en la totalidad de la parcela.
Beneficiarios: los viticultores adscritros a una DOP y para aquellas parcelas inscritas.
Mínimo parcela: 0,3Ha
Importe de la ayuda: Lo fija la CCAA en función de 60% del precio medio de la uva en las últimas 3 campañas. Además se añade uan compensación del 60% de los costes directos de retirada de produccion ( por medios mecánicos o manual )
Plazo: las CCAA deben solicitar esta ayuda l Ministerio antes del 14 de junio ) y los viticultores solicitarla a más tardar el 23 de junio.