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UAGN advierte: las ETT no eximen de responsabilidad legal y laboral

El aumento de necesidades de personal, dependiendo de la época del año, lleva a muchas empresas del sector a recurrir a la contratación a través de Empresas de Trabajo Temporal.
La actividad del sector agrario suele demandar una gran cantidad de mano de obra en determinados periodos del año y para determinados cultivos. Para poder cubrir estas necesidades, muchas empresas agrarias recurren a la contratación de personas trabajadoras a través de Empresas de Trabajo Temporal (ETT) o de Empresas de Servicios. Sin embargo, este tipo de contratación no exime a las empresas agrarias de ciertas responsabilidades legales y laborales.
            Cuando una empresa agraria contrata personas empleadas a través de una ETT, no asume responsabilidad en materia salarial ni de cotizaciones a la Seguridad Social. La ETT es la empleadora legal y la responsable de pagar los salarios y las cotizaciones.
            Sin embargo, la empresa usuaria -en este caso, la agraria- sí tiene obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y debe garantizar que las personas contratadas de la ETT reciban el mismo trato que las personas trabajadoras propias en cuanto a condiciones laborales.
¿Es posible contratar personas trabajadoras agrícolas a través de una ETT?
            Sí, es posible, aunque la empresa agraria no es la empleadora legal de la persona empleada, sí que tiene ciertas obligaciones:
                - Deberá controlar el acceso y verificación de identidad de las personas contratadas en el centro.
                - Coordinación con la ETT para asegurarse de que las personas trabajadoras cumplen con los requisitos legales.
                - Información de los riesgos generales del centro de trabajo y los propios del puesto de trabajo.
                - Entrega de equipos de protección individual adecuados a las tareas a realizar.
            Además, la empresa agraria debe asegurar de que se lleva un control adecuado del tiempo trabajado con el registro y el control horario, para evitar incumplimientos en materia de horarios y descansos.
Contratación de una empresa de servicios
¿Qué obligaciones tiene la empresa agraria como empresa principal?
            La empresa agraria debe coordinarse con la empresa de servicios para garantizar que se cumplen las medidas de seguridad y salud en el lugar de trabajo. Es obligatorio que se informe a la empresa de servicios sobre los riesgos del centro de trabajo, proporcionando información a la empresa de servicios sobre los riesgos existentes en la finca agraria y las medidas de prevención a seguir.
            Es importante detallar riesgos específicos como el uso de maquinaria, productos químicos, cuidado con el entorno de las personas contratadas, exposición al sol, etc. Aunque la empresa de servicios es responsable de sus personas empleadas, la empresa agraria debe verificar que cumple con la legislación en prevención de riesgos laborales pudiendo requerir documentación como evaluaciones de riesgos, formación en PRL de las personas trabajadoras, certificados de equipos de protección, etc.
            Es fundamental establecer una correcta coordinación de actividades empresariales para evitar sanciones y, sobre todo, garantizar la seguridad de las personas contratadas. Para concluir podemos decir que las empresas agrarias que recurren a la contratación de personas trabajadoras a través de ETT o empresas de servicios deben ser plenamente conscientes de sus obligaciones legales. El incumplimiento de estas normativas puede derivar en sanciones económicas.