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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado martes 26 junio el convenio firmado con la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) para regular las condiciones de concesión y tramitación de los avales -por un importe máximo de 60.000 euros por beneficiario- para préstamos a titulares de explotaciones agrarias.

La resolución del MAPA precisa que esta línea de ayuda se inscribe en ámbito de la Orden APM/358/2018 publicada en el BOE el pasado 6 de abril y por la que se establece las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para agricultores y ganaderos cuya actividad se ha visto afectada por la sequía de 2017.

En concreto, están dirigidas a los productores de cereales, leguminosas, oleaginosas, lúpulo, patata y uva, así como los de ganadería extensiva o la apicultura que suscriban préstamos con entidades financieras avalados por SAECA.

SAECA, según la normativa, subvencionará el coste del aval para créditos con un plazo de amortización de hasta 5 años -con la posibilidad de 2 de carencia- y por un máximo de 60.000 euros por titular de explotación o por componente de entidad asociativa.

El coste de los avales objeto de subvención será, para la comisión de estudio, el 0,50 % del importe avalado, por una sola vez a la formalización del préstamo, y para la comisión de gestión, el 1,15 % anual sobre el saldo vivo del préstamo avalado.

Las limitaciones en cuanto a los importes y los plazos máximos de amortización establecidos no se aplicarán a los créditos concedidos en el marco de las líneas establecidas entre el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y SAECA.

La subvención y pago del aval se concederá en una sola anualidad, y para su cálculo se considerarán sólo los 5 primeros años comprendidos en el plazo de amortización del crédito, según la resolución publicada hoy.