UAGN muestra su postura sobre el proyecto de Ley Foral de Cambio Climático y Transición Energética en la Comisión de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
08/10/2021Convocatoria de una ayuda de “minimis” destinada a paliar los daños por roedores en 2021 en las praderas destinadas a la producción de forrajes
15/10/2021UAGN muestra su postura sobre el proyecto de Ley Foral de Cambio Climático y Transición Energética en la Comisión de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
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15/10/2021Se amplía el plazo de solicitud hasta el 18 de noviembre de las ayudas de Navarra a la solvencia empresarial 2021
Hasta 3.000 euros de ayuda para profesionales de la agricultura en régimen de estimación objetiva dirigidas a satisfacer deudas y realizar pagos a proveedores y otros acreedores.Puedes ponerte en contacto con nuestras oficinas para cualquier duda o solicitar cita para gestionar la ayuda: 948 24 47 00. El plazo de presentación de solicitudes, de forma telemática, ha sido ampliado hasta el 18 de noviembre de 2021.
- Apliquen el régimen de estimación objetiva (módulos) en el IRPF en 2019 y 2020.
Gastos a los que destinar la ayuda:
Deudas y pagos pendientes a proveedores y otros acreedores (financieros o no financieros), tales como facturas por prestación de servicios o de suministro, salarios, arrendamientos, deudas tributarias o deudas financieras(capital, no intereses),
- Que correspondan a actividades económicas que desarrolle la solicitante.
- Que se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
- Que no se hayan satisfecho en el momento de solicitar las ayudas.
Cuantía máxima de las ayudas:
- Si se aplica el régimen de estimación objetiva en el IRPF: 3.000 euros.
- Si el volumen de operaciones anual declarado ha caído más del 30% en el año 2020, respecto al año 2019:
- 40% de la caída del volumen de operaciones, si aplicación del régimen de estimación directa y un máximo de 10 personas empleadas. En este caso, la ayuda no podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros.
- 20 % de la caída del volumen de operaciones, si más de 10 personas empleadas. En este caso, la ayuda no podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros.
Se contemplan casos específicos: alta o empresas creadas entre 1-1-2019 y 31-3-2021, p.e.