¿Qué ocurre cuando el trabajador decide irse voluntariamente de la empresa?
29/06/2023
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¿Qué opciones tengo cuando necesito ausentarme del trabajo una temporada?

A lo lardo de nuestra vida laboral podemos encontrarnos en una situación en la que no podamos compaginar el trabajo con nuestra vida personal. El Estatuto de los Trabajadores recoge diversas circunstancias que dan lugar a permisos laborales o de trabajo que permiten ausentarse del trabajo. Analizaremos aquellas situaciones que requieran un periodo de ausencia más o menos largo y que no están contempladas dentro de los permisos retribuidos.

A) LA EXCEDENCIA VOLUNTARIA
Hay diferencias entre el permiso no retribuido y la excedencia voluntaria respecto a:
• Regulación: La excedencia está regulada por ley (art. 46 del ET)
• Duración: La excedencia voluntaria puede durar de 4 meses y hasta 5 años, según el tipo de excedencia de que se trate. Sin embargo, el permiso no retribuido suele tener una duración bastante más corta.
• Relación laboral: El alta en Seguridad Social se suspende en el caso de la excedencia y se mantiene en el permiso no retribuido.
• Cotización: La empresa no tiene obligación de cotizar en la excedencia.

B) EL PERMISO NO RETRIBUIDO
Un permiso no retribuido permite a un trabajador ausentarse de su puesto por un tiempo concreto, renunciando al cobro de su salario cuando los motivos para faltar al trabajo no están dentro de los permisos retribuidos .

¿Dónde se regulan los permisos no retribuidos?

El Estatuto de los Trabajadores no regula los permisos no retribuidos, a diferencia de los permisos retribuidos o de la excedencia, que sí están contemplados. Pueden recogerse en convenios o acordarse en el contrato de trabajo.

También cabe la posibilidad de que se solicite al empresario un permiso no retribuido y, si lo considera justificado, concedértelo, pero en este caso no está obligado. El único permiso retribuido regulado por ley, en el Estatuto de los Trabajadores, es el de los trabajadores que ocupan cargos sindicales. Es decir, los trabajadores sindicales tienen derecho por ley a disfrutar de un permiso no retribuido para realizar las funciones sindicales propias de su cargo.

¿Qué duración puede tener?
Son permisos de corta duración que no suelen exceder de un mes.

¿Cómo solicitar un permiso no retribuido?
Lo más recomendable es solicitar la concesión del permiso no retribuido por escrito a la empresa y con antelación, para que quede constancia de la solicitud.

¿Está obligada la empresa a cotizar?

Si, la empresa está obligada a seguir cotizando a la Seguridad Social, tiene que mantener al trabajador en situación de alta. Aunque solo está obligada a pagar la base mínima de cotización correspondiente al grupo laboral del trabajador (art. 69 Real Decreto 2064/1995 de Reglamento General de Cotización y Liquidación de la Seguridad Social).
       1. En los supuestos en que se halle establecido que el trabajador por cuenta ajena deba permanecer en alta en el Régimen de la Seguridad Social en el que esté encuadrado aunque no perciba             de su empresa remuneraciones computables en la base de cotización, se mantendrá la obligación de cotizar.

          Dicha obligación de cotizar existirá respecto de los trabajadores que se encuentren cumpliendo deberes de carácter público o desempeñando cargos de representación sindical siempre que ello          no dé lugar a la excedencia en el trabajo.

          Igualmente subsistirá obligación de cotizar durante los períodos de permisos y licencias que no den lugar a excedencias en el trabajo.

¿Qué pasa con los días de vacaciones y pagas extras?
Durante el periodo del permiso no retribuido no se generan días de vacaciones ni tampoco días de pagas extras.

c) TERCERA OPCION: LA EXCEDENCIA PACTADA

Por último, está la excedencia pactada que, tal y como su propio nombre indica, es la que tiene lugar mediante pacto entre trabajador y empresa.
En las excedencias pactadas las condiciones y plazos se acuerdan mediante contrato, siendo de cumplimiento obligado por las dos partes.