UAGN informa sobre la actualidad de las ayudas a inundaciones
03/05/201827 y 28 de Septiembre se celebra la II Edición de la bolsa del Puerto de Baiona AGRI’VRAC
07/05/2018Plazo presentación solicitudes PAC 2018: 7 de mayo. (Si la solicitud se presenta dentro de los 25 días naturales posteriores, se aplicará una reducción del 1% por cada día hábil de retraso).
Modificación de las solicitudes, cesiones DPBs y alegaciones SIGPAC: 31 mayo.
Explotaciones afectadas: Se va a publicar una Orden Foral delimitando los municipios en los que se ha producido un “desastre natural”.
Inspecciones: El departamento de Desarrollo Rural ha confirmado a UAGN que en los controles sobre el terreno se tendrá en cuenta esta circunstancia de causa fuerza mayor (Art. 14.4 del R.D. 1075/204 y la O.F. 123/20178)
¿Qué cultivo declaro en la PAC?: El cultivo que esté implantado en cada parcela, pero teniendo en cuanta que hay plazo hasta el 31 de mayo para presentar modificaciones.
Ejemplo: Si tengo implantado trigo ó cebada y considero que la cosecha se ha perdido por efecto de la inundación y en mayo decido sembrar maíz o girasol, deberé presentar una modificación de la PAC antes del 31 de mayo.
Mantenimiento de cultivos en las parcelas: Se mantiene la obligación de mantener sobre el terreno hasta el 10 de septiembre el cultivo o restos visibles (rastrojo) de: maíz, soja, girasol, arroz, tomate para industria, judía, garbanzo, remolacha y patata; y hasta el 30 de junio para el resto de cultivos: cebada, trigo, avena, colza…etc., incluido el barbecho, cuando se soliciten ayudas relacionadas con estos cultivos, bien sean pagos directos, pago verde “greening” o ayudas PDR.
Diversificación de cultivos: Los agricultores con parcelas inundadas que decidan resembrar un nuevo cultivo tras su drenaje o dejarlas de barbecho, no deben ignorar las exigencias de la diversificación de cultivos para que su PAC no quede descuadra, es decir:
- Tierras de cultivo de una explotación entre 10 y 30 Has.: mínimo 2 cultivos y el principal < 75% de las tierras de cultivo.
- Tierras de cultivo de las explotaciones con más de 30 Has.: mínimo 3 cultivos. El principal < 75% y entre los 2 cultivos principales juntos < del 95% de la tierra de cultivo.
Ayuda asociada a los cultivos proteicos: En las parcelas inundadas NO se exigirá que alcance los estados fenológicos establecidos para poder cobrar la ayuda, es decir:
- Proteaginosas, leguminosas grano y soja: estado de madurez lechosa.
- Proteaginosas y leguminosas forrajeras: hasta el inicio de la floración.
- Oleaginosas, excepto soja: hasta el cuajado del grano.
- ¡Ojo!: Hay que mantener restos visible de cosecha en las parcelas hasta el 30 de junio