Plan de reestructuración y reconversión del viñedo
21/03/2018
Las míseras pensiones de jubilación en el agro
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  • Actividad agraria en pastos: Se considera que una carga ganadera de 0,2 UGM/ha en la superficie de pastos de la explotación es requisito suficiente para considerar la existencia de actividad agraria en pastos. Con respecto a la campaña 2017 ha variado el criterio de este cálculo.¡OJO! Desde esta campaña 2018 se tiene en cuenta toda la superficie forrajera declarada, sin ajustar a Derechos como se venía haciendo hasta ahora. Esto implica que todas las explotaciones que no alcancen las 0,2 UGM/ha se les penalizaran los pagos de las ayudas desacopladas.
  • Pequeños agricultores ¡OJO! Ha desaparecido cualquier tipo de tolerancia en la superficie solicitada de los titulares acogidos al Régimen de Pequeños Agricultores. Esto supone que los titulares que no declaran tanta superficie como Derechos no recibirán ayuda. Se recomienda, que en el caso de que se haya reducido la superficie admisible de sus parcelas de tal forma que no alcance el número de DPB que posea, el titular renuncie al Régimen de Pequeños Agricultores.
  • Ayuda Complementara de Jóvenes Agricultores: Recibirán la ayuda Complementaria de Jóvenes Agricultores las personas que no tengan más de 40 años de edad en el año de presentación de la primera solicitud de derechos de pago básico y:
  1. Que se instalen por primera vez en una explotación agraria como responsables de la explotación, o que se hayan instalado en dicha explotación en los cinco años naturales previos al año de la primera presentación de una solicitud al amparo del régimen de pago básico.
  2. Que presenten solicitud de pago para esta ayuda complementaria para jóvenes agricultores dentro de los cinco años siguientes a la primera instalación que se contempla en el punto 1º anterior.

El pago complementario se concederá por un máximo de cinco años a partir del año de la primera presentación de la solicitud de pago para esta ayuda complementaria. ¡OJO!: Esto implica que los solicitantes que han dejado de cobrar esta ayuda en 2016 y 2017 pueden volver a solicitarla.

Los que cobraron esta ayuda, únicamente en el año 2015, o el 2015 y 2016 también podrán solicitarla en las campañas 2018 y 2019.  Si cobraron únicamente el 2016, o el 2016 y 2017 podrán solicitarla en las campañas 2018, 2019 y 2020.

  • Zona con Limitaciones Naturales (ZLN): En la ayuda de ZLN, los agricultores no deben solicitar la ayuda en pastos, éstos solo son considerados como superficies admisibles en los ganaderos.
  • ZLN Nuevas superficies admisibles: Con la nueva delimitación de la zona desfavorecida, esta campaña son elegibles superficies que el año pasado no lo eran: viñedos, regadíos, herbáceos por encima de un rendimiento. A estas nuevas superficies se les puede solicitar la ayuda.