Noticia: UAGN denuncia que el campo navarro se está convirtiendo en la oficina recaudadora de la Administración

09/06/2026

Noticia: UAGN denuncia que el campo navarro se está convirtiendo en la oficina recaudadora de la Administración

09/06/2026

Navarra actualiza las normas de prevención de incendios para las actividades agrarias y forestales

La Dirección General de Medio Ambiente podrá modificar o suspender autorizaciones cuando las condiciones de riesgo así lo requieran

El Gobierno de Navarra ha aprobado el Plan Anual 2026 para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales, una normativa que introduce cambios relevantes en la gestión de las restricciones aplicables a las actividades agrarias y forestales.

         Ayer, Félix Bariáin, presidente de UAGN, y Sandra Muñoz, directora técnica, participaron, junto con el resto de las organizaciones agrarias representativas de Navarra, en una reunión convocada por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, para presentar el contenido del Plan Anual 2026.

         Durante el encuentro, se informó de la recuperación del sistema de meteoalertas como herramienta de referencia para regular los trabajos del sector primario en función del riesgo de incendio y de que la Dirección General de Medio Ambiente será el órgano competente para adoptar, modificar o suspender las autorizaciones y medidas extraordinarias cuando las circunstancias meteorológicas o de riesgo así lo aconsejen.

         La principal novedad del nuevo Plan es precisamente la recuperación del sistema de meteoalertas para regular las actividades agrarias y forestales en función de los distintos niveles de riesgo de incendio. Asimismo, se atribuye al órgano técnico competente en materia medioambiental la capacidad de adoptar medidas extraordinarias cuando las circunstancias lo hagan necesario.

Consulta el Plan Anual 2026 completo al final de esta noticia.

         Desde UAGN se valora positivamente la publicación de esta nueva normativa, que incorpora varios de los planteamientos defendidos por la organización durante el último año.

         “Tras el trabajo desarrollado por los servicios jurídicos de la organización y las gestiones realizadas para trasladar a la Administración la realidad de las labores agrícolas durante la campaña de verano, el nuevo Plan recupera el sistema de meteoalertas como referencia para regular la actividad en el campo y sitúa la capacidad de decisión sobre posibles restricciones en el órgano técnico competente en materia medioambiental”, señala Bariáin.

         La organización considera que estas modificaciones aportan una mayor seguridad jurídica al sector agrario y contribuyen a compatibilizar la prevención de incendios con el normal desarrollo de las labores agrícolas y forestales.

Principales novedades del Plan 2026
         El Plan establece que las autorizaciones recogidas en el Anexo 4 para actividades profesionales de los ámbitos agrario y forestal podrán ser modificadas o suspendidas por la directora general de Medio Ambiente cuando las condiciones meteorológicas u otras circunstancias de interés general así lo aconsejen. De este modo, las decisiones relacionadas con posibles limitaciones a la actividad agraria recaerán en el órgano responsable de la gestión forestal y medioambiental.

         Por otra parte, las normas aplicables a la cosecha, el empacado y otros trabajos agrícolas se mantienen sin cambios respecto a campañas anteriores. Estas condiciones continúan recogidas en el Anexo 4 y se aplicarán en función de los distintos niveles de riesgo establecidos a partir de las previsiones de temperatura de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET): verde, amarillo, naranja y rojo.

         El documento también detalla la maquinaria que no produce deflagración y las condiciones generales aplicables a las excepciones previstas en la normativa.

         Asimismo, el Anexo 5 recoge las diferentes situaciones operativas contempladas en el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales de Navarra (INFONA), estableciendo los niveles 0, 1, 2 y 3, así como las medidas asociadas a cada uno de ellos y su ámbito territorial de aplicación.