Las solicitudes de ayuda al Plan Renove cubren el presupuesto de 5 millones de euros
05/10/2017Agronavarra, al detalle
15/10/2017El Consejo de Ministros aprobó el pasado 28 de julio, el Real Decreto 772/2017 por el que se regula el potencial de producción vitícola y se modifica el Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola. Este Real decreto entró en vigor el 1 de agosto de 2017 y será aplicable a la convocatoria de solicitudes de nuevas plantaciones en 2018.
La novedad radica en la inclusión de un criterio de admisibilidad, demandado por UAGN, y es que el solicitante tenga capacidad y competencia profesional adecuada en la fecha de presentación de la solicitud. Es decir, 5 años de experiencia contrastada desde el alta en la seguridad social como agricultor, o estudios técnicos de capataz o similares, ser joven y tener concedida la ayuda a la primera instalación, ser titular de una explotación agraria prioritaria. Resulta inadmisible que en las dos convocatorias anteriores las nuevas autorizaciones de plantación hayan recaído en profesionales sin relación directa con el agro.
El otro criterio de admisibilidad es que el solicitante tenga a su disposición las fincas para la plantación desde el momento de la solicitud hasta la plantación.
Además se establecen criterios de prioridad y se puntuarán los expedientes de los jóvenes viticultores menores de 40 sin viñedo inscrito a su nombre y establecidos como jefes de explotación con 1 punto, con otros 4 puntos aquellas solicitudes que no tengan viñedo abandonado, que no hayan plantado sin autorización y en definitiva aquellos que no hayan contravenido la normativa en materia vitícola. Las comprobaciones se realizarán en el momento de la apertura del plazo de solicitudes.
El otro criterio de prioridad novedoso consiste en priorizar las solicitudes en función del tamaño de la explotación del titular, de 1 a 4 puntos. Para poder puntuar en este sentido, el titular tiene que ser ya titular de una plantación de viñedo y la diferente puntuación se le concederá dependiendo del número total de hectáreas que disponga en su explotación.
El Real Decreto establece cuatro tipos de explotaciones:
1.- TIPO A: De 0,5 a 12,26 has
2.- TIPO B: De 12,26 a 24,51 has
3.- TIPO C: De 24,51 a 36,77 has
4.- TIPO D: De 36,77 a 49,53 has
La normativa estatal no determina la puntuación asignada a cada tipo de explotación sino que deja en manos de la CCAA, su valoración. Así, el 20 de septiembre, el Departamento convocó a UAGN y otras asociaciones agrarias para determinar cómo podría ser el reparto.
UAGN prioriza la figura del viticultor profesional, el rentabilizar las concesiones en el sentido de que los agricultores puedan dimensionar sus explotaciones, favoreciendo así el futuro y la consolidación de las DO. Es razonable apoyar a las pequeñas y medianas explotaciones, al agricultor a título principal y procurar por tanto su catalogación como explotación prioritaria.
La puntuación que valore Navarra, tiene que ser la misma para la DO Navarra y para la DO Ca Rioja, aun partiendo de la base de que las explotaciones de uno y otro lado tienen marcadas diferencias. DO Navarra partiría si pudiera de 1 punto para las explotaciones Tipo A hasta 4 para las Tipo D, y al contrario en la Do Ca Rioja 4 puntos para las explotaciones Tipo A hasta 1 para las Tipo D. Finalmente al no poder hacer esa distinción por denominaciones de origen, la baremación que UAGN ha propuesto al Departamento para la comunidad de Navarra, que es la misma que éste ha enviado al Ministerio es la siguiente,
1.A: De 0,5 a 12,26 has: 3 puntos
2.B:De 12,26 a 24,51has:4 puntos
3.C:De 24,51 a 36,77has:2 puntos
4.D:De 36,77 a 49,53has:1 punto
Otro aspecto a tener en cuenta: adelanto de los plazos de presentación de solicitudes de nuevas plantaciones: del 15 de enero hasta el último día de febrero.