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Importes unitarios provisionales: pago de anticipos de ayudas asociadas a superficie y ecorregímenes (Campaña 2024)

El FEGA ha publicado las características del abono, que podrá alcanzar el 70% del total, y se realizará en dos periodos: un adelanto del 16 de octubre al 30 de noviembre del año de solicitud; y la paga del saldo, entre el 1 de diciembre al 30 de junio del año natural siguiente al de la solicitud.

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha dado a conocer los importes unitarios provisionales correspondientes a los pagos de anticipos de ayudas asociadas a superficie y ecorregímenes (Campaña 2024) así como todos sus detalles: el abono podrá alcanzar el 70% del total del pago y se llevará a cabo en dos periodos: primeramente, mediante un adelanto del 16 de octubre al 30 de noviembre del año de solicitud; y, después, se deberá realizar el pago del saldo, del 1 de diciembre al 30 de junio del año natural siguiente al de la solicitud.

Dichos importes unitarios provisionales podrán ser revisados a la hora de realizar el primer pago a partir del 1 de diciembre, el cual podrá alcanzar hasta el 90% del importe total de la ayuda. Posteriormente, a partir de la nueva información que remitan las comunidades autónomas correspondiente a la superficie total determinada para el cobro de las ayudas en abril del próximo año, se establecerá el importe unitario definitivo, con el cual se podrá realizar el segundo pago del saldo de las ayudas al 100%.

Ayudas asociadas a la superficie
El objetivo de estas ayudas es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones a través de su sostenibilidad y competitividad, reduciendo así el riesgo de abandono de una actividad productiva que también juega un importante papel desde el punto de vista medioambiental.

El FEGA establece los importes unitarios provisionales con los que se realiza el pago del anticipo, en base a la superficie por la que se ha solicitado cada una de las intervenciones, dato obtenido de la información facilitada por las comunidades autónomas, garantizando el respeto de las asignaciones financieras indicativas establecidas en el anexo XIX del Real Decreto 1048/2022, del 27 de diciembre.

Para las ayudas a las que se realiza anticipo, las asignaciones financieras del mencionado anexo XIX para la campaña 2024 son:

  • Ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal. Plan proteico:
    • Ayuda a la producción de legumbres: 6.727.658 €.
    • Ayuda a la producción del resto de leguminosas: 40.794.452 €.
    • Ayuda a la producción de semillas certificadas de las legumbres: 507.638 €.
    • Ayuda a la producción de semillas certificadas del resto de leguminosas:
    • 3.222.340 €
  • Ayuda asociada a la producción sostenible de arroz: 14.200.000 €.
  • Ayuda asociada a la producción sostenible de remolacha azucarera:
    • Zona de producción de siembra primaveral: 14.350.000 €.
    • Zona de producción de siembre otoñal: 2.650.000 €.
  • Ayuda asociada a la producción sostenible de tomate para transformación: 9.300.000 €.
  • Ayuda asociada a los productores de frutos secos en áreas con riesgo de desertificación:
    • Península: 13.351.454 €.
    • Baleares: 648.546 €.
  • Ayuda asociada a la producción tradicional de uva pasa: 680.000 €.
  • Ayuda asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental: 27.594.584,30 €.

Los importes unitarios provisionales para el pago de anticipos quedan fijados en esta imagen.

Los importes unitarios provisionales para el pago de anticipos quedan fijados en esta imagen.

Ecorregímenes
Una de las principales novedades de la Política Agrícola Común (PAC) que entró en vigor la pasada campaña 2023 son los regímenes en favor del clima y el medio ambiente, más conocidos como Ecorregímenes. Se trata de regímenes voluntarios para el agricultor, consistentes en prácticas en favor del clima y el medio ambiente, que van más allá de la línea de base (condicionalidad reforzada).

Los importes unitarios provisionales de esta campaña 2024 se han establecido con los datos de superficies solicitadas por los agricultores y ganaderos en su solicitud única de ayudas de la PAC, y comunicadas al FEGA por parte de las comunidades autónomas (CCAA).

A la hora de calcularlos es preciso tener en cuenta que en las prácticas de siembra directa y de cubiertas vegetales, la normativa establece un complemento de plurianualidad de 25 €/ha, que debe ser pagado íntegramente a los titulares que hayan contraído el compromiso de realizar nuevamente estas prácticas en la próxima campaña.