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Flexibilidades en los sectores vitivinícola y hortofrutícola

El Consejo de Ministros, en la sesión del 17 de octubre, aprobó la flexibilización de varios reglamentos en apoyo de sectores estratégicos como el vitivinícola y el de frutas y hortalizas.

Fenómenos meteorológicos adversos, como las intensas lluvias en unas zonas y la persistente sequía en otras, así como las alteraciones del mercado han afectado gravemente a viticultores y productores de frutas y hortalizas. Las flexibilidades van dirigidas a facilitar el acceso a ayudas del programa de apoyo al sector del vino, a ampliar la vigencia de las autorizaciones de viñedo que no pudieron utilizarse en 2023 y que se verán ampliadas durante 12 meses (salvo renuncia antes del 31 de diciembre de 2023) y facilitar que los productores de frutas y hortalizas puedan acceder a los fondos de su programa operativo.

Reestructuración del viñedo e inversión en bodegas
Las operaciones de reestructuración y reconversión del viñedo, enmarcadas en el PASVE, se ha permitido justificar un 3% de gasto en vez del 30% requerido, para continuar la ejecución en el marco de la intervención sectorial vitivinícola, que en 2024 sustituye al PASVE, siempre que dichas operaciones se hayan iniciado antes del 15 de octubre de 2023. El plazo para su completa ejecución será hasta el 15 de octubre de 2025.

Respecto a la inversión en bodegas, se permite modificar los objetivos y facilitar la ejecución de acciones individuales sin finalizar complemente la operación.

Se abre la posibilidad de financiar la destilación en crisis.

Frutas y hortalizas
Se permiten márgenes de maniobra para modificar los programas operativos, tanto los anteriores a la nueva PAC como los posteriores. Entre las medidas de flexibilización se incluye el aumento de la posibilidad para solicitar anticipos o pagos parciales de la ayuda, el incremento del porcentaje de ayuda de un 50% a un 60%, la suspensión de los límites máximos por medida o actuación, así como la posibilidad de calcular la producción comercializada como medios de los 5 periodos de referencia anteriores, eliminando el más alto y el más bajo en esos casos que aquella se quede por debajo del 35%.