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29/01/2024Drones en la aplicación de fitosanitarios
La implementación de nuevas tecnologías en el sector supone, en muchas ocasiones, una ventaja en el desarrollo de su actividad.
La utilización de drones para aplicar productos fitosanitarios en la agricultura es una práctica que cada vez se está volviendo más común, ya que ofrece ventajas sobre los métodos tradicionales; sobre todo en terrenos de difícil acceso o accidentados, la utilización de los equipos terrestres es peligroso, pero los drones pueden acceder sin problema.
Hay que tener en cuenta que la aplicación de productos fitosanitarios mediante drones tiene la consideración de aplicación aérea, y se debe realizar conforme a los regulado en el Capítulo VI del Real decreto 1311/2012 de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
De forma general, las aplicaciones aéreas (incluida con drones) están prohibidas, salvo en los casos especiales que indica el artículo 27 del Real Decreto 1311/2012, que requieren autorización previa de la autoridad competente, y que en el caso de Navarra sería mediante Resolución del Servicio de Agricultura del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra o las que son promovidas por la propia administración para el control de plagas.
A día de hoy, sólo hay once productos fitosanitarios autorizados para aplicaciones aéreas, de modo que la posibilidad de que el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra autorice la realización de tratamientos fitosanitarios mediante dron es muy limitada.
Productos autorizados:
- CONFIRM 240 LV
- CLINCHER PLUS
- FORAY 48 B
- BELTHIRUL-F
- FORAY 76B
- ATTRACK
- GLUTOL
- CHLORTOSINT
- SADITRINA ULV MICRO
- VIPER
- CORDALENE
Cabe recordar que cualquier aplicación de un producto fitosanitario que se haga sin autorización administrativa previa supondría una infracción de la Ley de Sanidad Vegetal.