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Convocatoria 2020 de ayudas "6.2 Creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales" y "6.4 Inversiones en la creación y el desarrollo de actividades no agrarias" (PDR 2014-2020)

Desde UAGN te asesoramos y gestionamos tu proyecto en la convocatoria de ayudas a la inversión y a diversificación en el sector agrario. El plazo para solicitar la ayuda se abrirá cuando sea aprobada y publicada en el Boletín Oficial de Navarra (http://www.navarra.es/home_es/Actualidad/BON/) que se estima sea en diciembre-enero. Desde UAGN te mantendremos informados, a través de la revista Tempero y nuestra newsletter.

Se trata de la Convocatoria 2020 de las ayudas de la medida M06.02 de “Creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales” del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020 y la Convocatoria 2020 de las ayudas de la medida M06.04 de “Inversiones en la creación y el desarrollo de actividades no agrarias” del Programa de Desarrollo Rural en Navarra 2014-2020. Bases reguladoras de la medida M06.02 “Creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales” del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020.

Objeto
Propiciar nuevas oportunidades laborales para la dinamización económica y social del territorio rural, evitando la despoblación de las zonas rurales. Para ello se fomenta la diversificación de las explotaciones agrarias mediante la creación de empresas que realicen actividades no agrarias y creen o mantengan empleo.

Tipos de actividades previstas
Se subvenciona la creación de empresas que desarrollen actividades no agrarias productivas, es decir, aquellas cuyo objetivo sea la producción de bienes y/o servicios privados destinados a la venta o que pueden ser comercializados o aumenten el valor de las propiedades de titularidad privada. Además, deben tener entidad propia y carácter finalista y crear o mantener empleo. Las actividades de diversificación deben estar incluidas en alguno de los siguientes ámbitos:

  1. Servicios profesionales de ingeniería, arquitectura, asesoría, veterinaria, técnicos u otros.
  2. Actividades relacionadas con las tecnologías de la información, informática u otros.
  3. Desarrollo de actividades artísticas y/o artesanales.
  4. Provisión de servicios sociales.

Personas destinatarias
Pueden ser destinatarias de estas ayudas las personas físicas que sean:

  1. Agricultoras profesionales inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra(REAN).
  2. Familiares de primer grado de personas incluidas en el apartado a).

Cuantía de la ayuda

  1. La ayuda tiene forma de prima única y se abona en dos pagos iguales. El primer pago estácondicionado al comienzo del plan empresarial, y el último pago está condicionado a lacorrecta ejecución del plan empresarial.
  2. La ayuda será de 37.275,70 euros.
  3. La participación del FEADER es del 31% de la ayuda total.

Medida 06.04 “Inversiones en la creación y el desarrollo de actividades no agrarias” del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020.

Objetivo
Propiciar nuevas oportunidades laborales para la dinamización económica social del territorio rural, evitando la despoblación de las zonas rurales. Para ello se fomenta la competitividad en el sector agrícola mediante la diversificación hacia actividades no agrarias.

Tipos de proyectos
Se subvenciona proyectos que tengan como finalidad la creación y desarrollo de actividades no agrarias productivas, es decir, aquellas cuyo objetivo sea la producción de bienes y/o servicios privados destinados a la venta o que pueden ser comercializados o aumenten en el valor de las propiedades de titularidad privada. Si el proyecto objeto de subvención forma parte de uno de mayor dimensión, se entiende como subvencionable sólo si tiene entidad propia y carácter finalista.

Los proyectos de diversificación deben estas incluidos en alguno de los siguientes ámbitos:

  1. Servicios profesionales de ingeniería, arquitectura, asesoría, veterinaria, técnicos u otros.
  2. Actividades relacionadas con las tecnologías de la información, informática u otros.
  3. Desarrollo de actividades artísticas y/o artesanales.
  4. Provisión de servicios sociales.
  5. Establecimiento de talleres, industrias, locales o instalaciones para actividades no agrícolas.
  6. Transformación y comercialización cuyo producto resultante no esté incluido en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
  7. Provisión de servicios para cualquier sector económico, incluyendo la agricultora y la silvicultura o la población rural.
  8. Actividades de agroturismo, de turismo rural, de ocio, recreativas, deportivas, de hostelería o actividades relacionadas con el desarrollo económico territorial.

Sistema de cálculo de la ayuda

  1. La ayuda tiene forma de subvención directa de capital y su importe se calcula aplicando un porcentaje o intensidad de ayuda del 40 % a los gastos subvencionables previstos.
  2. La ayuda máxima por proyecto es de 200.000,00 euros.
  3. La participación del FEADER es del 31% de la ayuda total.