Ayudas a Entidades Locales de Navarra para la contratación de guardas de caza, 2021
23/07/2021
Recomendaciones de uso del fuego en suelo no urbanizable
23/07/2021
Ayudas a Entidades Locales de Navarra para la contratación de guardas de caza, 2021
23/07/2021
Recomendaciones de uso del fuego en suelo no urbanizable
23/07/2021

Ayudas a Asociaciones Locales de cazadores de Navarra para guardas de caza, prevención de daños y mejora del hábitat de especies cinegéticas para el año 2021

Las presentes bases tienen por objeto regular las ayudas a Asociaciones Locales de cazadores de Navarra para sufragar un porcentaje de los gastos derivados de la contratación de guardas de caza (en adelante, guardas de caza) y de actuaciones de prevención de daños y mejoras del hábitat de especies cinegéticas (en adelante, prevención de daños y mejora del hábitat) para el año 2021.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas aquellas Asociaciones Locales de cazadores, siempre y cuando cumplan las siguientes condiciones.
3.1. Para ayudas de guardas de caza, deberán darse estas tres condiciones:
–Que el guarda esté en posesión del título como Guarda de Caza de Navarra según la Orden Foral 94/2012, de 4 de septiembre.
–Que los servicios contratados para el periodo de la convocatoria superen los 1.000 euros (sueldo bruto o IVA excluido) por solicitud.
–Que el guarda no esté inhabilitado para el ejercicio de actividades relacionadas con la caza durante el periodo que comprende esta convocatoria.

3.2. Para ayudas de prevención de daños y mejora del hábitat, que el presupuesto de ejecución material aceptado supere los 1.000 euros (IVA excluido).

Importe de la subvención
6.1. Para ayudas de guardas de caza la cuantía de la subvención por guarda será de un 35 % del sueldo bruto del citado periodo, con un máximo de subvención de 5.500 euros por guarda contratado. En el caso de que el contrato sea de prestación de servicios, la cuantía a subvencionar será del 35 % del importe que figure en el contrato (excluido el IVA) del periodo establecido en la convocatoria, con un máximo de subvención de 5.500 euros por guarda contratado.

6.2. Para ayudas de prevención de daños y mejora del hábitat, la cuantía máxima de la subvención será la siguiente:
–Un 75% del coste aprobado para las solicitudes de modalidad A, de barreras físicas para protección de cultivos (mallas, pastores eléctricos, tubos protectores, IVA excluido).
–Un 60% del coste aprobado para las solicitudes de la modalidad B (bandas en parcelas agrícolas, IVA excluido).
–Un 50% para las solicitudes de la modalidad C (siembras para la fauna), D (desbroces de matorral), E (plantaciones), y F (balsas).
–Para el caso de la ayuda solicitada por la modalidad G, la subvención será del 10% del presupuesto de ejecución material de las acciones aceptadas por el Servicio Forestal y Cinegético, fijándose un máximo de subvención por esta modalidad de 400 euros. El importe mínimo de subvención por expediente para esta modalidad será de 200 euros.
En cualquier caso, la concesión de las ayudas económicas estará condicionada a la existencia de crédito presupuestario y a las disponibilidades económicas de la Administración en el momento de la resolución administrativa de la solicitud.

Normativa completa aquí.