Aprobada la convocatoria de la subvención ‘Ayuda destinada a compensar las dificultades de recogida de la leche en explotaciones de vacuno de alta montaña y zonas con especial dificultad, año 2022’
27/10/2022
Abierta la convocatoria Kit Digital III
27/10/2022
Aprobada la convocatoria de la subvención ‘Ayuda destinada a compensar las dificultades de recogida de la leche en explotaciones de vacuno de alta montaña y zonas con especial dificultad, año 2022’
27/10/2022
Abierta la convocatoria Kit Digital III
27/10/2022

Aprobada la convocatoria ‘Ayuda destinada a compensar las dificultades de recogida de la leche en explotaciones de ovino y caprino de alta montaña y zonas con especial dificultad, año 2022’

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra

Objeto:
1. La presente resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a compensar las dificultades de recogida de la leche en explotaciones de ovino y caprino, ubicadas en municipios de alta montaña, o concejos considerados de especial dificultad, según establecen los anexos II y III de la presente resolución y de conformidad con el anexo V de la Orden Foral 32/2022, de 11 de marzo, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente por la que se convoca, para la campaña 2022, la solicitud única relativa a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería financiados por el FEAGA y a determinadas ayudas del Programa de Desarrollo Rural y de Estado, las solicitudes de derechos a la Reserva Nacional, la presentación de solicitudes de modificación al SIGPAC y la notificación anual a efectos de su inscripción en el Registro General de la Producción Agrícola.
2. Serán subvencionables las empresas compradoras de leche de ovino y caprino que cumplan los requisitos previstos en la presente resolución.

Importe de la subvención y ámbito de aplicación:
1. La cuantía máxima de la ayuda será de 450 euros por explotación a la que recojan la leche de oveja o cabra, que esté ubicada en entidades locales de alta montaña o especial dificultad según anexos II y III, de la presente resolución.
2. La presente convocatoria de ayudas se encuentra acogida al régimen de minimis establecido por el Reglamento (UE) número 1407/2013, de 18 de diciembre de 2013, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas mínimas. DOUE L 352 de 24 de diciembre de 2013.
3. El importe total de la ayuda de mínimas concedida a cualquier beneficiario no puede exceder de 200.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales, según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimas.

Beneficiarios y requisitos para acceder a la ayuda:
1. Serán beneficiarios de estas ayudas los primeros compradores de leche de ovino y caprino que:
a) Estén registrados como operadores del sector lácteo como primer comprador o primer comprador transformador y tengan contratos en vigor con productores de ovino y caprino de leche ubicados en entidades locales de alta montaña o especial dificultad según se recoge en los anexos II y III.
b) Hayan realizado recogidas de leche a productores ubicados en entidades locales de alta montaña o especial dificultad, durante al menos dos meses en el año 2022.

2. Los beneficiarios deben hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y no deberán tener pendiente ninguna obligación de reintegro en materia de subvenciones públicas.

Para más información, se puede consultar la publicación de la convocatoria aquí.