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02/07/2021Acuerdo Reforma PAC 2023-2027
Acuerdo de compromiso en los trílogos (reuniones tripartitas entre Consejo, Parlamento Europeo y Comisión) y del 24 de junio en Bruselas, que posteriormente es ratificado por el Consejo Europeo, dando de esta forma luz verde a las líneas maestras del próximo periodo PAC. Esta reforma de la PAC, que lleva más de tres años negociándose en las instancias comunitarias, ha dado un paso importante para su adopción en los acuerdos alcanzados en Trílogos posteriormente en su ratificación por el Consejo de Agricultura de la UE con el que se finaliza la presidencia portuguesa.
Principales acuerdos:
Contribución climática nueva PAC
El 35 % de los gastos FEADER (2º pilar) del Plan Estratégico Nacional deben ir destinados a medioambiente y clima.
Se incluyen las medidas en:
- Zonas con Limitaciones Naturales (50 %)
- Bienestar Animal (100 %) Del mismo modo el 15 % de las Intervenciones Sectoriales en Frutas y Hortalizas debe ir destinado a clima y medioambiente.
Se menciona el alineamiento de la nueva PAC con el New Green Deal, sin embargo, no se concreta cómo y queda sujeto a evaluación.
Ecoesquemas
-El importe destinado será de un 25 % de los pagos directos, cada año, y para todo el período según el Enfoque General del Consejo. Sin embargo, en 2023 y 2024 se abre un mecanismo de “aprendizaje” donde este porcentaje puede bajar hasta el 20 % lo que permitiría a los estados miembros reutilizar los fondos no utilizados por debajo de ese umbral al final del periodo, mediante un complejos sistema de compensaciones.
Condicionalidad
La incorporación de la Herramienta de Sostenibilidad para Nutrientes se traslada a los Servicios de Asesoramiento (sistema de apoyo al agricultor obligatorio para el próximo periodo PAC).
Algunas modificaciones significativas en las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales, BCAM:
BCAM 4 - Establecimiento de franjas de protección a lo largo de los cursos de agua (con una anchura mínima de 3 m).
En las zonas con importantes canales de desagüe y riego, los Estados miembros podrán ajustar, si está debidamente justificado para esas zonas, la anchura mínima de acuerdo con las circunstancias locales específicas.
BCAM 8 - Rotación de cultivos en tierras de cultivo, excepto los cultivos bajo agua
La rotación consistirá en un cambio de cultivo al menos una vez al año a nivel de parcela (excepto en el caso de los cultivos plurianuales, los pastos y otros forrajes herbáceos y las tierras en barbecho), incluidos los cultivos secundarios. En función de la diversidad de los métodos de cultivo y de las condiciones agroclimáticas, los Estados miembros podrán autorizar en las regiones en cuestión otras prácticas de mejora de la rotación de cultivos con leguminosas o de diversificación de los cultivos, que tengan por objeto mejorar y preservar el potencial del suelo en consonancia con los objetivos de las presentes BCAM.
Se prevén exenciones:
- 75 % de pastos, cultivos bajo agua, cultivos de leguminosas.
- Las explotaciones de menos de 10 ha. Los Estados Miembros pueden introducir un límite máximo de superficie cubierta por un solo cultivo para evitar los grandes monocultivos.
BCAM 9- Superficies no productivas
Se establece un mínimo del 4% de las superficies de cultivos arables, incluyendo barbechos. Este porcentaje podrá modularse en función de la incorporación de cultivos fijadores de nitrógeno y barbecho que tenga la explotación. Exención para explotaciones de menos de 10 has de tierra arable. Se ha aprobado la inclusión de una dimensión social en la PAC, la denominada condicionalidad social, que aún debe concretarse mucho más su aplicación, pero que también tendrá periodo transitorio en 2023 y 2024, y que dará lugar a sanciones en caso de incumplimiento de derechos laborales, que tendrán que aplicar los Estados miembros según su ordenamiento. No obstante dará lugar a nueva legislación para su implantación efectiva en 2025.
Convergencia interna
El valor mínimo de cada derecho deberá llegar al 85 % del valor medio regional a más tardar en el año 2026. Se mantiene un tope de reducción del valor en un 30% por beneficiario. La convergencia comienza en 2023 El objetivo del 85 % tiene prioridad sobre la disminución máxima del 30% del nivel de los beneficiarios.
Pagos Acoplados
Serán de un 13 % + 2 % para proteaginosas del importe total de pagos directos. Se añade la patata de fécula a la lista de productos elegibles al pago asociado, así como la mezcla de leguminosas y gramíneas, donde predominen las leguminosas.
Orientación de las ayudas
Finalmente habrá un uso del pago redistributivo obligatorio basado en la evaluación de las necesidades en los Planes de la PAC, y con un importe obligatorio de al menos del 10 % de los pagos directos. Los Estados miembros establecerán a nivel nacional o regional, un importe por hectárea o diferentes importes para diferentes rangos de hectáreas, así como el número máximo de hectáreas por agricultor por el que se pagará la ayuda redistributiva a la renta. Podrá existir una exclusión voluntaria para los Estados miembros cuando se demuestre debidamente en el plan estratégico de la PAC que las necesidades redistributivas se abordan de forma pertinente a través de otras intervenciones o instrumentos.
Limitación y degresividad
Voluntario para el Estado Miembro. Se aplicará exclusivamente a la Ayuda Base de Sostenibilidad (Pago Básico).
- Limitación de pagos a partir de los 100.000€
- Reducción de hasta el 85% entre 60.000 y 100.000%. Los EE.MM. pueden establecer tramos adicionales
Deducción total de salarios y costes laborales
Jóvenes agricultores: Mínimo obligatorio del 3% de los presupuestos nacionales para pagos directos a los jóvenes agricultores. Este importe podría financiar las ayudas complementarias a la renta de los jóvenes agricultores del 2º pilar (las ayudas a la puesta en marcha y las ayudas a la inversión dirigidas a los jóvenes agricultores con un factor de ponderación del 50%.)