Convocatoria de ayudas a la creación y mejora de infraestructuras locales ganaderas para el año 2019
22/04/2019
Miguel Mateo, gracias
25/04/2019
Convocatoria de ayudas a la creación y mejora de infraestructuras locales ganaderas para el año 2019
22/04/2019
Miguel Mateo, gracias
25/04/2019

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicó el 12 de abril en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la convocatoria de ayudas para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola correspondiente a 2019. Si alguien estuviera interesado en conocer más a fondo las opciones y requisitos o silicitar una ayuda, no dude en demandar más información en cualquiera de las oficinas de UAGN.

Este Plan RENOVE 2019 está dotado con un presupuesto de 5 millones de euros que se distribuirán mediante ayudas directas al agricultor. Tal como se recoge en esta convocatoria, se amplían los equipos subvencionables respecto a 2018.

Novedades respecto a 2018
Se incluyen tractores, máquinas automotrices de recolección, y determinada maquinaria arrastrada como equipos fitosanitarios, abonadoras, sembradoras directas, cisternas de purín con dispositivo de localización del producto en el suelo y dispositivos de localización independientes para su instalación en una cisterna en uso.
Esta convocatoria establece un plazo de presentación de solicitudes mayor que en años anteriores, desde la fecha de publicación en el BOE, hasta el 15 de septiembre. De esta forma el solicitante dispondrá de cinco meses para comprar la nueva máquina, realizar su inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola y tramitar la solicitud.
Se establece que la nueva maquinaria deberá estar adaptada a la normativa europea en materia de emisiones de gases de efecto invernadero y de partículas contaminantes.
En el caso de los tractores y máquinas automotrices, se conseguirá una reducción de 15-20 % de dióxido de carbono y hasta de un 94 % de partículas, al sustituir equipos antiguos por nuevos que cumplen con los requisitos europeos en materia de contaminantes atmosféricos.
También se promueve la mejora de la seguridad de la maquinaria agrícola, pudiendo incrementar la cuantía base de la ayuda si el tractor achatarrado no dispone de ninguna estructura de protección homologada, según la normativa de aplicación.

Cuantía de las ayudas
En el caso de los tractores, se especifica que la cuantía base de la subvención se establece en 95 euros por kilowatio (kW), de la potencia de inscripción del tractor a retirar, que conste en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola. En el caso de que esa potencia no estuviera determinada, se tomará la potencia fiscal reflejada en la ficha técnica multiplicada por 5.
Por clasificación en la categoría más alta de eficiencia energética (A): 3.000 euros. Por clasificación en la segunda categoría más alta (B): 2.000 euros. Por clasificación en la tercera categoría más alta (C): 1.000 euros. La cuantía base de la subvención se podrá incrementar, además, en 1.000 euros, por cumplir el nuevo tractor adquirido con la fase IV de emisiones en su homologación, de acuerdo con lo estipulado en la Directiva 2000/25/ CE del Parlamento y del Consejo de 22 de mayo de 2000.
Asimismo, la cuantía se incrementará en 1.000 €, atendiendo a las deficiencias de seguridad de los tractores retirados y entregados en un centro autorizado de descontaminación de vehículos. En todo caso, la cuantía base de esta subvención no sobrepasará 7.000 euros y la cuantía máxima no sobrepasará 12.000 euros por beneficiario, ni el 30 % del coste total de adquisición sin IVA o IGIC. En caso de superar dicho límite la cuantía de la ayuda se ajustará al 30 % del coste total sin sobrepasar la cuantía máxima.
En cuanto a máquinas automotrices agrícolas, las condiciones establecen que la cuantía base de esta subvención no sobrepasará 24.000 euros y la cuantía máxima no sobrepasará 25.000 euros por beneficiario, ni el 30 % del coste total de adquisición sin IVA o IGIC, que en abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios será de 20.000 euros.
En todos los casos, se establecen unas condiciones como que se debe estar al corriente de pago de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, no tener la consideración de empresa en crisis y cumplir los requisitos aplicables a las pequeñas o medianas empresas (PYMES).