Aquellas personas que hayan iniciado su actividad durante el año 2016 y determinen su rendimiento neto por el régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tendrán una reducción del mismo en un 60% en esta declaración de la renta y en un 30% en la declaración del año siguiente.

La reducción será de un 70 por 100 en ambos ejercicios si se trata de sujetos pasivos discapacitados con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

Estas reducciones no son aplicables en los supuestos de sucesión o continuidad en la actividad.

Además, los jóvenes agricultores podrán aplicarse una reducción de un 50% del rendimiento neto de la actividad en los periodos impositivos cerrados durante los 5 años siguientes a su primera instalación.

Para poder aplicar la reducción por joven agricultor se deben cumplir todos y cada uno de los requisitos exigidos:

  • > 18 años y < de 40 años.
  • Determinar el rendimiento en EOS.
  • Tratarse de la primera instalación del agricultor como titular de una explotación prioritaria.
  • Haber realizado un plan de mejora de la explotación.

Si deseas más información puedes contactar con nosotros en el 94824 47 00

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