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06/03/2025Obligación de implantar el control horario digital en 2025
UAGN ha presentado alegaciones a través de ASAJA al Anteproyecto de Ley de reducción de la Jornada laboral y control digital de la jornada de trabajo.
El Ministerio de Trabajo sigue adelante con su intención de que todas las empresas, sin excepción, implanten un registro de jornada que sea electrónico y además que permita la conexión y acceso en tiempo real a la Inspección. Aún en fase de tramitación parlamentaria la previsión es que para finales de 2025 todas las empresas ya tuvieran que empezar implantar los programas de registro de jornada electrónicos. De salir adelante el borrador que plantea el Gobierno, todas las personas trabajadoras por cuenta propia sin excepción tendrían que dejar de hacer su registro de la jornada en papel y adquirir un programa digital para controlar las horas de sus trabajadores. Por lo tanto, y siempre que se alcanzara el acuerdo antes de final año y se enviara el texto actual al parlamento antes de fin de año, podría ser que entre mediados y finales de 2025 todas las empresas, incluidas las personas autónomas, ya tuvieran que empezar implantar los programas de registro de jornada electrónicos y dar acceso remoto a la Inspección de Trabajo. UAGN, por su parte, ha presentado alegaciones a través de ASAJA al Anteproyecto de Ley de reducción de la Jornada laboral y control digital de la jornada de trabajo, exponiendo lo siguiente:
Primera.- No estamos de acuerdo con la fórmula ni el procedimiento elegido para reducir la jornada a 37,5 horas semanales. Tal y como se establece en el punto 1 del art. 34 la jornada anual debe ser la pactada en los convenios colectivos como hasta ahora venía regulado. Pero en todo caso debe contemplarse que las empresas, sobre todo aquellas que tienen picos de trabajo estacionales, como son las agrarias, puedan establecer una mayor flexibilidad de modo unilateral sin tener que abrir ningún periodo negociador. Debe seguir contemplándose que hay sectores, como el agropecuario, en los que deben seguir contemplándose la realización de jornadas especiales y que para establecerlas no sea preciso más que la decisión empresarial justificada y por tanto exista una flexibilidad acorde a las necesidades del campo y de las campañas agrícolas.
Segunda.- Debe establecerse un periodo transitorio de varios años para aplicar esta reducción de jornada y poder llegar a un acuerdo entre los agentes sociales y la representación empresarial, dentro del campo de la negociación colectiva, para establecer jornadas especiales y una mayor flexibilidad en la aplicación de la jornada semanal de acuerdo a las reglas del Estatuto de los Trabajadores en el que entendemos sería necesario ampliar la posibilidad de aplicar la flexibilidad de jornada sin tener que contar con la representación sindical en las empresas donde ésta exista.
Tercera.- Entendemos que no debe aplicarse a las personas autónomas del sector agropecuario el Registro de Jornada por la especial forma en que realizan su labor y teniendo en cuenta las distintas circunstancia que concurren en los distintos territorios de la nación y la especial incidencia de la costumbre en la realización de las labores de las personas autónomas agropecuarios y la incidencia de la climatología. Los trabajos hay que hacerlo en el tiempo oportuno según marca el cultivo de que se trate o el trabajo ganadero que sea preciso realizar (pariciones, saneamientos,…). Conviene tener en cuenta igualmente que en la realización de la jornada laboral y su extensión influyen elementos externos a la propia empresa agraria, además de los climatológicos, como pueden ser los turnos de riego establecidos por las Comunidades de Regantes, los turnos de entrega en la empresa adquirente de los productos agrarios, etc.
Cuarta.- No aplicación de la obligatoriedad de control de jornada digital en empresas de menos de 15 trabajadores. Respecto a la desconexión digital, si bien el derecho a la desconexión digital busca mejorar la conciliación laboral, su aplicación estricta puede comprometer el funcionamiento de pequeñas empresas ganaderas y agrícolas, donde propietarios y empleados asumen múltiples roles, incluyendo atención a epizootías, plagas, ataques de fauna silvestre, daños agrícolas por fauna silvestre y resolución de incidencias fuera del horario laboral. Se propone incluir flexibilidad la norma para funciones críticas o urgentes en las empresas agropecuarias.
En cuanto a la implementación de sistemas digitales de registro supone un problema económico para las empresas agrarias de pequeña y mediana dimensión, con recursos limitados. Las sanciones, que alcanzan hasta 10.000 euros por incumplimiento, son consideradas excesivas para estas empresas. Por ello, solicitamos un régimen simplificado para estas pequeñas y medianas empresas, que permita registros manuales o en formatos básicos y una modulación de las sanciones acorde a la capacidad económica de la empresas agropecuaria.
Quinta.- El sector agropecuario es diverso, abarcando grandes empresas, PYMES y microexplotaciones, la mayoría de este último tipo. Estas últimas enfrentan situaciones particulares, como márgenes de rentabilidad estrechos, estacionalidad marcada, y las presiones derivadas del aumento de costes. Las medidas propuestas en el Real-Decreto ley, en su formato actual, suponen un impacto desproporcionado sobre estos pequeñas empresas agropecuarias, limitando su capacidad de adaptarse sin perjudicar su viabilidad económica.
La reducción de la jornada laboral de 40 a 37,5 horas semanales resulta inviable para pequeñas y medianas empresas agropecuarias, donde las plantillas suelen ser reducidas. Esta medida obliga a los propietarios a asumir jornadas extendidas o a realizar contrataciones adicionales, lo que incrementa significativamente los costes operativos. Por ello desde UAGN proponemos un escalonamiento modulado según el tamaño empresarial, permitiendo a micro empresas agrarias un mayor periodo de adaptación y excepciones temporales para sectores con alta estacionalidad o que dependan de horarios extendidos, como puede ser las campañas de recolección, pariciones, campañas de saneamiento…”.
Sexta.- Desde UAGN se insta al Ministerio de Trabajo a considerar estas alegaciones con el objetivo de garantizar una implementación justa y equilibrada de la ley. Las propuestas planteadas no buscan frenar el progreso en derechos laborales, sino adaptarlos a la realidad operativa de un sector clave para la economía local, protegiendo la sostenibilidad y competitividad de las pequeñas y medianas empresas agropecuarias. Unas medidas que son fundamentales para asegurar que los objetivos de la ley se cumplan sin poner en riesgo la viabilidad de miles de empresas agropecuarias y los empleos que dependen de ellas, lo que también redundará sin duda alguna a la lucha contra la despoblación de las zonas rurales y en fijar población en las mismas, aunque sea de forma estacional.