La CE fija en 1,65890 % la reducción de los pagos directos superiores a 2.000 euros para financiar la reserva de crisis en la campaña PAC 2021
17/06/2021
La prestación económica por incapacidad temporal en trabajadores agrarios por cuenta ajena
28/06/2021
La CE fija en 1,65890 % la reducción de los pagos directos superiores a 2.000 euros para financiar la reserva de crisis en la campaña PAC 2021
17/06/2021
La prestación económica por incapacidad temporal en trabajadores agrarios por cuenta ajena
28/06/2021

Medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria

Desde 2014, la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) ha sido la principal encargada de la actividad inspectora y de control en el ámbito de la cadena alimentaria. En este periodo se ha identificado que los sectores con mayor número de infracciones han sido “Frutas y hortalizas”, “Vino” y “Aceite”. Entre las de mayor incidencia destacan el incumplimiento de los plazos de pago, la ausencia de contratos y no incluir todos los extremos de los mismos.

Durante 2020 se han incorporado distintas modificaciones a la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, que pretenden asegurar un reparto más equitativo y beneficioso del valor añadido generado a lo largo de la cadena alimentaria. Concretamente, se trata del Real Decreto-Ley 5/2020, de 25 de febrero, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación y de la Ley 8/2020, de 16 de diciembre, por la que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación.

Con motivo de las mencionadas modificaciones normativas, AICA está elaborando y ejecutando, en colaboración con las Comunidades Autónomas, los Planes de Control de la Ley de la Cadena Alimentaria, lo que incluye la realización de inspecciones. En Navarra, la unidad que desarrolla esta labor es el Servicio de Explotaciones Agrarias y Fomento Agroalimentario del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

A la vista de los resultados obtenidos en las inspecciones, se ha considerado necesario recordar a las empresas y operadores que puedan ser objeto de control, las obligaciones que impone la normativa vigente, así como las consecuencias de su incumplimiento.

Las inspecciones se orientarán a verificar todas las obligaciones previstas por la Ley, prestándose especial atención a aquéllas cuyo incumplimiento se califique como infracción grave:

- Deben existir contratos por escrito entre las partes, en las operaciones de compra-venta. Es obligatorio para transacciones comerciales a partir de 2.500 euros, cuando una de las partes es productor primario o una agrupación de los mismos o PYME y el otro no.

- El precio de los productos deber recogerse en el contrato. El precio fijado en el contrato deberá cubrir los costes efectivos de producción.

- No puede hacerse modificaciones en el precio que no estén expresamente pactadas por las partes.

- Deben cumplirse los plazos de pago conforme la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. El plazo de pago será de 30 días a partir de la fecha de entrega de las mercancías para los productos de alimentación frescos y perecederos, y de 60 días para el resto.

Además de las anteriores, hay dos obligaciones que, aunque su incumplimiento es considerado infracción leve, requieren especial atención:

- Los contratos deben incluir los elementos esenciales como identificación de las partes, objeto, precio, condiciones del pago, entrega de productos, derechos y obligaciones, información a suministrar, duración y causas y efectos de la extinción.

- Se debe conservar los documentos durante, al menos, dos años.

El importe de las sanciones que establece la Ley varía en función de la gravedad del incumplimiento:

- Hasta 3.000 euros para infracciones leves.

- Entre 3.001 euros y 100.000 euros para infracciones graves.

- Entre 100.001 euros y 1.000.000 euros parar infracciones muy graves.