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Serán las directrices que se utilice en la D.O.Ca. Rioja en las autorizaciones de esta campaña 2017. El Ministerio adopta modificaciones ante las protestas de UAGN y otras organizaciones agrarias ante los baremos empleados en el reparto realizado en 2016.

 

CRITERIOS DE PRIORIDAD

Desde la instauración en 2016 del nuevo sistema de autorizaciones de plantación de viñedo se priorizaba en el reparto a los jóvenes agricultores (tanto personas físicas como jurídicas) que no tuvieran viña inscrita a su nombre, priorización que dejó sin nada a los jóvenes viticultores, por mínima que fuera la superficie de viñedo inscrita a su nombre; injusticia que generó notable malestar y protestas entre los pequeños viticultores.

Dado que en la solicitud no se fijaba un límite máximo de hectáreas por solicitud el sistema favorece a los grandes terratenientes que acapararon en el reparto (en ocasiones figurando un testaferro) el mayor porcentaje de hectáreas derivadas del prorrateo, en maniobras ilegales claramente especulativas.

 

NUEVAS DIRECTRICES

Aunque se mantienen las disposiciones esenciales vigentes el año pasado, el nuevo documento precisa algunas directrices:

  • Se considerará joven a quien no tenga más de 40 años en el año de presentación de la solicitud.
  • Para constatar que planta cepas por primera vez se comprobará que nunca ha sido titular de ninguna parcela de viñedo.
  • Se comprobará que asume el riesgo empresarial de su explotación y es un agricultor que está ejerciendo la actividad agraria.
  • Se considerará que ejerce la actividad agraria se es Agricultor Activo (cumple la regla 80%/20%); si percibió pagos directos PAC en el año anterior; y si está inscrito como titular de explotación en el correspondiente Registro (REGEPA o REA) antes del 1 de agosto de 2015 (fecha de publicación del Real Decreto que regula el nuevo sistema de autorizaciones de plantaciones de viñedo).

 

SUPERFICIE AGRARIA ELEGIBLE

Entre las nuevas directrices del ministerio para reducir posible fraudes figura como se constatará que los solicitantes disponen de superficie agraria para la nueva plantación, con el fin de evitar la creación de condiciones artificiales para acceder a las autorizaciones.

Entre otras cosas, se comprobará que la superficie para la que se solicita autorización está declarada en el Registro; que el solicitante está en disposición de realizar una plantación de viñedo en esa superficie si se le concede la autorización o que, en caso de no ser el propietario de la parcela, tiene autorización para poder plantar en ella.

 

TARDE E INCOMPLETO

UAGN ni admite ni comprende que, después del escándalo desatado tras el reparto realizado el año 2016 en la D.O.Ca. Rioja, el Ministerio no adoptara medidas a lo largo de todo el año y nos presentemos en 2017 ante el nuevo reparto de las 645 hectáreas con la misma reglamentación; que se pretende armonizar, tímidamente, con estas nuevas directrices que llegan demasiado tarde y son claramente incompletas.

Esperamos con lógica incertidumbre que el nuevo Real Decreto que el Ministerio de Agricultura dice que ya tiene redactado introduzca las modificaciones necesarias en la normativa vigente para que la reglamentación aplicable en 2018 evite graves injusticias cometidas que perjudican fuertemente a los viticultores profesionales.