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La Orden Foral 165/2017 de 11 de mayo de la Consejera de Desarrollo Rural establece las nuevas normas que regulan la concesión de ayudas para la reconstitución del rebaño de ganado vacuno sacrificado en el marco de campañas de saneamiento ganadero.

Para el cálculo de los importes propuestos en este anexo se tiene en cuenta el coste de la novilla de re- posición para la reconstitución del rebaño (Por compra o reconstitución propia) en comparación con el importe recibido como indemnización de sacrificio y el valor carne del animal sacrificado.

  1. En el caso de una novilla de carne que tiene un valor de 1.700 euros, la indemnización de sacrificio es 500 euros y el valor carne de 450 euros. Por lo tanto el importe propuesto en el presente anexo de 600 euros está por debajo de los límites que establece Reglamento (UE) N.º702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014 al no alcanzar el 100% del coste subvencionable.
  2. En el caso de una novilla de leche que tiene un valor de 1.700 euros, la indemnización de sacrificio es 600 euros y el valor carne de 350 euros. Por lo tanto el importe propuesto en el presente anexo de 600 euros está por debajo de los límites que establece el Reglamento (UE) N.º 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, al no alcanzar el 100% del coste subvencionable.
  3. En el caso de una novilla de bravo raza lidia que tiene un valor de 900 euros, la indemnización de sacrificio es 500 euros y el valor carne de 200 euros. Por lo tanto el importe propuesto en este anexo de 180 euros está por debajo de los límites que establece el Reglamento (UE) número 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, al no alcanzar el 100% del coste En el caso de animales por compra se adjuntara la factura de compra y número de Guía sanitaria.
  • Se adjuntara certificado de su inscripción en el correspondiente libro genealógico.
  • En el caso de no haber repuesto los animales en el momento de la solicitud se indicará la previsión de reconstitución.
  • En el caso de la reposición propia se justificará con el historial de saneamiento del animal y de la explotación.
ANIMAL REPUESTO ENTRE 18 Y 48 MESES
Vacuno carne: raza pura inscrita en libro genea- lógico o reposición propia  

600 euros

Vacuno leche raza pura inscrita en libro genealó- gico o reposición propia  

600 euros

Vacuno bravo raza pura inscrita en libro genea- lógico o reposición propia  

180 euros