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Ante la consulta pública previa sobre el proyecto de Orden Foral que regulará en esta campaña 2018/19 el uso de fitosanitarios a base del prosulfocarb en Navarra, UAGN ha propuesto a la Consejería de Desarrollo Rural algunas modificaciones.  El objetivo de esta regulación es garantizar la producción de aceituna sin residuos de prosulfocarb, o con residuos por debajo de los límites establecidos. Para evitar esta posible contaminación, el proyecto de Orden Foral establece la suspensión temporal de la aplicación de productos fitosanitarios que contengan prosulfocarb entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2018 en determinadas zonas.

Propuestas de UAGN
1. Flexibilizar las fechas que determinen el periodo de suspensión. Dado que el prosulfocarb es actualmente la única materia activa existente en el mercado, eficaz y asequible para el control de alguna de las malas hierbas instaladas en los campos de cereal, como es el vallico, UAGN propone que el periodo de la prohibición de su uso se flexibilice y adapte al máximo en función de las fechas del inicio y final de la recolección de la aceituna. Se trataría de permitir utilizar esta materia activa en aquel periodo que no convive con la aceituna en campo y por tanto su posible efecto contaminante sea nulo.

2. Revisión el ámbito de la prohibición. UAGN propone una revisión del área que delimite la prohibición del empleo del prosulfocarb para evitar en la mayor medida en que fuera posible perjuicios derivados de la prohibición a agricultores cerealistas de zonas donde su uso no represente peligro riego alguno de contaminación por deriva.

UAGN no dispone de datos sobre la presencia significativa o irrelevante de olivares en los diferentes términos que serían imprescindibles para cuantificar coeficientes razonables que minimizarán el ámbito de la prohibición, a pesar de ello y conscientes de que dicha delimitación requerirá de un seguimiento anual debido a las posibles nuevas plantaciones y/o arranques, proponemos las revisiones siguientes:
En la Comarca IV el proyecto de Orden Foral excluye de la prohibición temporal del uso de productos que contenga prosulfocarb a los siguientes municipios: Marañón, Genevilla, Cabredo, La Población, Meano, Zúñiga, Lana, Larraona, Aranarache y Eulate dado que en dichos pueblos la presencia de olivos es prácticamente inexistente.

A pesar de ello, UAGN propone la revisión del ámbito de la prohibición por considerar que al igual que los excluidos se pudieran incluir otros pueblos, una vez comprobado por el Departamento que las plantaciones de olivo son irrelevantes en sus términos municipales. No referimos, entre otros, a municipios como:
– Valdega: Ancín, Abaigar, Etayo, Muriera, Oco, Mendilibari.
– Valle de Allín: Amillano, Aramendía, Arbeiza, Aratazu, Echavarri, Larrión o Zubielqui.
- Berrueza: Asarta, Acedo, Pidramillera, Sorlada, Ubago, Cábrega, Learza, Mues, Otiñano.
– Comarcas IV y V: Aunque se incluyen en la prohibición la totalidad de los municipios que comprenden, UAGN propone que el departamento revise si alguno pudiera ser excluido