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La Unión Europea impuso a España una multa de 262,8 millones de euros sobre los pagos PAC realizados entre 2009 y 2013 derivados del incumplimiento de la normativa comunitaria sobre la aplicación del Coeficiente de Admisibilidad de Pastos (CAP). La sanción inicial impuesta se elevaba a 272 millones de euros pero tras diversas alegaciones presentadas por varias CC AA, Bruselas redujo la sanción a 262,8 millones de euros.

Pero no todas las Comunidades Autónomas están afectadas por esta multa ya que algunas sí aplicaron correctamente los criterios en ayudas a superficies de pastos, el CAP, entre ellas NAVARRA, Cataluña, País Vasco, Aragón y Baleares. De la referida multa de casi 263 millones de euros, las mayores sanciones corresponden a Extremadura (cerca de 80 millones); Andalucía (64 millones); y Castilla y León (58 millones).

Esta multa tiene su origen en las modificaciones del CAP en las últimas campañas que produjo una reducción de la superficie elegible de pastos a efecto de ayudas PAC, pues con criterios de la UE una parte de esa superficie no era aprovechable como pastos por su cobertura de árboles, arbustos u otros motivos.

Ante la gravedad del tema algunas CCAA, lógicamente las más afectadas, han solicitado al Gobierno estatal que asuma la totalidad de la sanción impuesta por Bruselas, aduciendo que no traspusieron correctamente la normativa comunitaria. El último episodio de este contencioso tuvo lugar el pasado 9 de mayo en el pleno del Senado ante una pregunta del la consejera de Agricultura de Andalucía en la que consideraba que el Gobierno central debe hacer frente a la totalidad de la sanción.

En su contestación, la ministra de agricultura, Isabel García Tejerina le respondió, en síntesis, que el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ya había advertido hasta en cinco ocasiones sobre la obligación de cumplir el CAP y que la normativa se traspuso correctamente a la diferentes CC AA, y prueba de ello era que muchas, es el caso de NAVARRA, lo aplicaron correctamente.

Las sanciones en modo alguno puede penalizar a los agricultores y ganaderos navarros ni a los de las otras CCAA, como NAVARRA, que aplicaron correctamente el CAP, siguiendo las directrices del FEGA.

Resulta obvio que la responsabilidad del incumplimiento del CAP y por tanto de la sanción debe recaer en exclusiva sobre aquellas Comunidades que incumplieron la normativa CAP. Reiteramos que la multa impuesta nos parece desproporcionada y respaldaríamos cualquier recurso ante el Tribunal Supremo u otras instancias, pero UAGN considera totalmente injusto que la sanción se afronte con fondos del Gobierno Central que repercuta negativamente en los pagos PAC que corresponden a los agricultores y ganaderos navarros.

No es una postura en modo alguna insolidaria. Los agricultores navarros, pero sobre todo los ganaderos, vieron reducidas sensiblemente sus ayudas PAC durante estos últimos años por efecto de esta aplicación del CAP, teniendo que desprenderse de derechos por no tener suficiente superficie elegible de pastos para activarlos; por reducción de la cuantía de la Indemnización Compensatoria de Montaña; o por no poder cumplir la densidad ganadera exigible para el cobro de determinadas ayudas; y ahora sería lamentable y totalmente injusto que volvieran a ser penalizados.