Convocatorias de ayudas
03/09/2018
Carcastillo celebra del 14 al 16 la VI Fiesta de los Usos Tradicionales de la actividad ganadera
04/09/2018
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En el pasado Consejo Asesor Agrario, celebrado el 14 de agosto, la consejera Isabel Elizalde expuso los pasos que el Gobierno de Navarra está dando respecto a la reforma de la PAC tras 2020.

Elizalde explicó la postura que ha trasladado al Ministro de Agricultura, y que se resume, en el mantenimiento de los fondos destinados a la PAC respecto al vigente periodo, así como en la necesidad de realizar una reforma “en clave de sector y territorio”. UAGN en modo alguno puede estar de acuerdo con este recorte del presupuesto de la PAC a favor de otras políticas como defensa o emigración.

Revisión del CAP
UAGN trasladó a la Consejera la necesidad de iniciar los estudios necesarios para que los ganaderos que han solicitado la revisión del CAP (Coeficiente de admisibilidad de Pastos) dispongan de un informe acreditativo de la situación real de pastoreo que modifique la superficie admisible. UAGN solicitó que se hagan encargos por zonas específicas donde existe un pastoreo tradicional y que se han quedado sin superficie admisible en muchos casos en la capa SIGPAC de pastos, puedan acreditar mediante un informe técnico, como indica la normativa y sin costo añadido para el ganadero, la situación del terreno y la capacidad de alimentar ganado, recuperando por tanto parte del CAP, en un trabajo que es urgente y necesario, que debe permitir aliviar las dificultades de muchos ganaderos de tener la superficie mínima admisible para el cobro de las ayudas.

 

PRESENTACIÓN ALEGACIONES AL CAP: Orden Foral 142/2018, de 17 de mayo. BON nº 136 de 16 de Julio 2018

OF 142/2018 regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas (SIGPAC) y establece las normas de gestión en Navarra.

PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE ALEGACIÓN AL CAP: La referida OF establece que de no estar de acuerdo con el CAP asignado a un recinto SIGPAC, la persona interesada puede solicitar otro coeficiente, pero es obligado presentar adjunto un INFORME TÉCNICO: Un INFORME TÉCNICO firmado por un técnico competente, identificado con nombre, apellidos y DNI. “Deberá adjuntarse el INFORME la copia del título oficial o certificado del Colegio Profesional correspondiente”. (No se especifica la titulación exigible al Técnico…).

            El INFORME TÉCNICO deberá incluir:

  • Referencias SIGPAC de las parcelas y fecha en que el técnico realizó visita al campo, que no podrá tener una antigüedad mayor de 1 año.
  • Acreditación de la actividad ganadera.
  • Fotografías que acrediten el cambio de CAP solicitado.
  • Salidas gráficas de los recintos alegados, posición y dirección donde se han tomado las fotos.
  • Delimitación zonas homogéneas de pastos.
  • Caracterización de la ocupación del suelo.
  • Y para cada RECINTO de la alegación se caracterizará:
  • La ocupación del suelo.
  • Tipo de   vegetación     Especies/Accesibilidad/Pendiente/Arbolado/Improductivo…..
  • Y la propuesta del % de CAP para la superficie alegada.