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El Tribunal Supremo ha decidido suspender cautelarmente la multa por incumplimiento de la normativa relativa al Coeficiente de Admisibilidad de Pastos (CAP) impuesta a cuatro Comunidades Autónomas: Extremadura, Galicia, Castilla y león y La Rioja. Es previsible que en fechas próximas resuelva peticiones similares de suspensión cautelar presentadas por las otras Comunidades que incumplieron el CAP. Es de recordar que Navarra no fue sancionada pues aplicó correctamente el CAP.

            Con esta decisión de la Sala II de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se suspenden el acuerdo del Consejo de Ministros del 17 de febrero que recogíamos en Tempero, que repercutían en las comunidades autónomas que fueron multadas con la corrección financiera aplicada por Bruselas por el incumplimiento de la normativa sobre el CAP en el periodo 2009-2013.

Hay que recordar que la corrección global aplicada por Bruselas se elevaba a 262´8 millones de euros. La multa de mayor cuantía correspondía a Extremadura (79´7 millones de euros); Galicia (7´7); Castilla y León (58) y La Rioja (4).

Señalar también que el Gobierno español ha interpuesto una demanda ante el tribunal de Justicia de la UE contra la corrección de Bruselas por considerarla desproporcionada y no ajustada a derecho.