El SPMA de UAGN celebró el pasado 15 de junio su Asamblea General Ordinaria
01/07/2018
¿Cómo puede el agricultor o ganadero que contrata mano de obra estar cubierto ante un accidente laboral?
02/07/2018
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Desde el pasado día 25 de mayo de 2018 se aplica el reglamento UE 2016/679 derogando los artículos de la Ley 15/1999 de 13 de diciembre y su Reglamento RD 1720/2007 de 21de diciembre, que vayan contra el nuevo reglamento. UAGN ha creado un nuevo servicio de asesoramiento en RGPD ajustado a la realidad de nuestro sector.

El Reglamento General de Protección de datos (RGPD) no afecta de igual manera a todos los agricultores y ganaderos.
Cuando un agricultor o ganadero trata datos de terceros es cuando adquiere las obligaciones de un “Responsable de Tratamiento” y esto ocurre generalmente al contratar trabajadores, al instalar sistemas de videovigilancia o al facturar a particulares o gestionar pedidos identificando a personas. A partir de ese momento el “Responsable de Tratamiento” debe aplicar las medidas jurídicas, organizativas y técnicas tal como se exige en el RGPD.

Con la nueva orientación del principio de “responsabilidad proactiva” si el agricultor o ganadero comunica datos, tratados bajo su responsabilidad, a un tercero para que elabore nóminas, cumplimente documentación de prevención de riesgos laborales, lleve la contabilidad o acceda a su ordenador, a su móvil, Tablet o a su grabadora de videovigilancia para darle soporte, deberá comprobar que estos proveedores o “Encargados de Tratamiento” apliquen igualmente medidas para proteger la seguridad de los datos tratados.

Dependiendo del tipo de datos que trate, de la tecnología que use para su tratamiento y de las comunicaciones que haga a terceros, serán sus obligaciones. Por ejemplo tratar datos de categorías especialmente protegidas como datos de salud en un accidente laboral, usar distintas tecnologías como el uso de papel, ordenadores o móviles inteligentes con grupos de WhatsApp, y contratar proveedores profesionales como asesoría laboral, servicio de prevención de riesgos laborales, soporte técnico e informático, definen las necesidades de medidas a aplicar, desde avisos de tratamiento de datos para trabajadores, consentimientos, contratos con los “Encargados de Tratamiento”, política de contraseñas, copia de seguridad, comunicación segura en internet, hasta la creación de un documento de seguridad.

Es importante establecer la forma de actuación cuando un empleado, cliente o proveedor solicita el acceso, la destrucción u otras actuaciones que se contemplan en el RGPD sobre sus datos.

Para que podáis cumplir esta normativa, UAGN está estudiando la creación de un servicio de asesoramiento en RGPD, ajustado a nuestro sector, y de esta forma poder evitar sanciones que van desde los 900 € hasta los 20.000.000 € o el 4 % de la facturación anual.