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El pasado 31 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial de Navarra la Ley Foral 25/2016, que modifica diversos impuestos y otras medidas tributarias y en virtud de la nueva regulación:

  • A partir del 1 de enero de 2017, los arrendatarios de inmuebles rústicos tienen la obligación de practicar una retención a cuenta del IRPF/IS del arrendador que para el 2017 será del 19% sobre el importe pagado en concepto de arrendamiento.
  • ¡Ojo! Esta retención no practicará cuando el arrendatario cultiva terrenos comunales propiedad de los Ayuntamientos ó en Bardenas Reales.
  • El arrendatario tiene la obligación de ingresar en la Hacienda Tributaria de Navarra el importe de las retenciones practicadas, a través de la Carta de Pago modelo 759.
  • El arrendatario también está obligado a presentar a la Administración Tributaria un resumen anual de dichas retenciones, en el modelo informativo 180.

 

NOTA DE UAGN

Esta nueva obligación tributaria para los arrendatarios, de retener un 19% sobre los rendimientos de los arrendamientos de inmuebles rústicos, que a muchos agricultores arrendatarios de Navarra ya se lo ha comunicado Hacienda Foral por carta, ha provocado lógicas dudas e incertidumbre. Por ello, desde UAGN queremos aclarara:

  • UAGN ya ha solicitado una reunión con responsables de la Hacienda Foral para solicitar que las liquidaciones de las retenciones practicadas no tengan que hacerse trimestralmente sino una sola vez al año, coincidiendo con la Declaración de Renta.
  • El arrendatario, con dicha liquidación, podrá justificar que cultiva en régimen de arrendamiento, y con ello aplicar el índice corrector en la modalidad de módulos del IRPF.
  • UAGN recomienda registrar el contrato de arrendamiento debidamente firmado.
  • Recordar también que en la Solicitud Única de la PAC, en las parcelas de más de 2 has., hay que indicar el régimen de tenencia, en inmensa mayoría de los casos arrendamientos y el DNI/CIF del propietario.
  • Y el arrendador en su declaración de IRPF indicará el arrendamiento y Hacienda procederá a calcularle la cuantía que corresponda de la devolución/deducción, según su nivel de rentas.