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El pasado 12 de octubre las instituciones comunitarias alcanzaron un acuerdo sobre el capítulo agrario del reglamento conocido como “ómnibus”, que introducen cambios en los reglamentos de la PAC aplicables a partir del 2018.

            Estos son los acuerdos provisionales más importantes aprobados, en relación con la PAC post-2018:

1.- Agricultor activo: La distinción entre agricultores activos y no activos se convierte en opcional. Los Estados miembros tendrán flexibilidad para definir la figura del agricultor activo. Las ayudas PAC seguirán reservadas a quienes mantengan una actividad agraria mínima pero a partir de 2018 los Estados que lo consideren oportuno podrán eliminar las exigencias establecidas actualmente para ostentar la condición de agricultor activo (Regla 80%/20%) para poder cobrar las ayudas.

2.- Superficie de Interés Ecológico (SIE): En el marco del reverdecimiento ó “greening”, las explotaciones con menos de 30 Has. destinadas a cultivos herbáceos arables estarán exenta de la obligación de de dejar superficie SIE (5% de barbecho ó un 7´15% de cultivos fijadores de nitrógeno.). Hasta ahora están exentas las menores de 15 Has.

3.- Jóvenes agricultores: Los pagos adicionales que se dan a los jóvenes agricultores durante los 5 primeros años después de su instalación, los Estados miembros podrán aumentarlos hasta el 50% del valor medio de sus derechos de pago básico, en lugar del 25% que perciben actualmente.

4.- Pastos permanentes: Se modifica la definición de pastos permanentes para dar cabida a los pastos mediterráneos, como las dehesas y los leñosos.

5.- “Greening”: Ls superficies cultivadas con variedades vegetales como el pasto plateado (Miscanthus), plantas de copa (Silphium perfoliatum) y miel (melíferas) también serán validadas como SIE. Los agricultores también tendrán mayores incentivos para cultivar cultivos fijadores de nitrógeno para estimular la producción de proteína vegetal en la UE.

6.- Ayudas asociadas: Los Estados miembros podrán revisar anualmente su decisión de conceder ayudas asociadas (acopladas) a sectores vulnerables que sean especialmente importantes por motivos económicos, sociales o medioambientales; aunque no estén registrando una caída de la producción.

7.- Cadena alimentaria: Con el fin de mejorar la posición de los agricultores y ganaderos en la cadena alimentaria, todas las organizaciones de Productores (OP) reconocidas podrá, planificar la producción y negociar contratos en nombre de sus miembros sin infringir por ello las normas de la competencia de la UE. Hasta ahora esta posibilidad está limitada únicamente a los sectores de la leche, aceite de oliva, carne de vacuno y cultivos herbáceos.

8.- Herramientas para enfrentar riesgos de mercado y producción: Se introduce un Instrumento de Estabilización de Renta (IER) de forma que podrá de forma que podrá compensarse la caída de renta derivada de pérdidas de una producción concreta aunque las otras producciones del agricultor no hayan sufrido daños.

En el caso de este IER sectorial y de los seguros, las compensaciones llegarán hasta el 70% (en lugar del 65% actual) para quienes registren pérdidas de producción o de renta superior al 20% en la producción (en lugar del 30% actual).

En cuanto al IER general y los fondos de mutualidades, la compensación también se eleva al 70%, pero el umbral de pérdidas se mantiene en el 30%.

9.- Crisis: Ante graves crisis alimentarias, la Comisión podrá adoptar con urgencia medidas excepcionales sin necesidad de activar antes la intervención pública o el almacenamiento privado.

 

Importante: Una vez que se haya alcanzado un acuerdo conjunto sobre el conjunto del reglamento “ómnibus”, aún se siguen negociando capítulos presupuestarios, de desarrollo regional, empleo, industria…etc.; la disposición deberá ser aprobada definitivamente por el Consejo y el Parlamento europeo.